Desde el pasado septiembre la situación de los estudiantes en España está más favorable, siguiendo el ejemplo y orientación de la Unión Europea, España ahora pretende asegurar mano de obra cualificada, dando la posibilidad de que estudiantes permanezcan en el territorio a fin de detectar oportunidades de trabajo o de emprender un proyecto empresarial.

Podrán presentar solicitudes, y modificar el estatus de estudiante al de residente, aquellos ciudadanos que hayan finalizado los estudios en una Institución de Educación Superior, cuyo nivel mínimo de estudios exigido es el de grado.

Las solicitudes pueden ser presentadas en los 60 días naturales a la fecha de la caducidad de la tarjeta de estudios o en los 90 días posteriores.

La Administración tiene 20 días naturales para resolver y en caso de silencio se entenderá que la solicitud fue concedida de manera favorable, caso en el que se puede presentar un escrito solicitando el certificado acreditativo del silencio positivo.

Desde nuestro punto de vista, la Oficina de Extranjería viene cumpliendo el plazo y está resolviendo a tiempo las solicitudes presentadas telemáticamente.

Una vez concedida la autorización de residencia, el estudiante tendrá la permisión legal para residir en España durante el período máximo de un año.

Las oficinas de extranjería cuentan el año a partir de la expiración de la tarjeta que el estudiante tenía en vigor, entonces si un estudiante tenía la autorización de estudios hasta octubre de 2018, la autorización de residencia será concedida hasta octubre de 2019.

Durante el año, el estudiante que encuentre un empleo correspondiente al su nivel de estudios, deberá solicitar un permiso de residencia y trabajo, de modo que la autorización inicial de residencia no lleva aparejada la autorización de trabajo.

Según interpreta la Delegación y Subdelegaciones del Gobierno en España, con carácter general esta normativa está pensada para aquellos casos en los que los solicitantes encuentren un empleo adecuado en relación con el nivel de estudios y puedan acogerse a la situación de los profesionales altamente cualificados o para los supuestos en que se quiera solicitar una autorización de trabajo para emprendedores.

En los demás casos, en los que la oferta de empleo no tenga relación con el nivel de estudios, que no se trate de una oferta de trabajo para trabajadores altamente cualificados o que no se quiera emprender, la ley determina que el solicitante debe de tener un año mínimo de residencia antes de que pueda solicitar la autorización de trabajo que le corresponda.

Si no se consigue trabajo con este permiso aún es posible solicitar una nueva autorización de estudios, volviendo el solicitante a su condición anterior de estudiante.

En conformidad con lo establecido en la Directiva de la UE del año 2016, el principio del acceso de los estudiantes al mercado laboral debe ser la norma general, debiendo los Estados miembros, incluyendo España, facilitar el acceso a oportunidades de trabajo a esos estudiantes cualificados.